¿Se captura y gestiona todo el contenido de las redes sociales como un registro oficial de la fuerza aérea?

No es necesario capturar y gestionar todo el contenido de las redes sociales como un registro oficial de la Fuerza Aérea. La determinación de si el contenido de las redes sociales se considera un registro oficial depende del propósito, la relevancia y el valor de disposición del contenido. El contenido que se considera que tiene valor permanente o histórico, o que la ley o regulación exige su conservación, debe capturarse y gestionarse como un registro oficial.

A continuación se presentan algunos factores a considerar al determinar si el contenido de las redes sociales debe capturarse y administrarse como un registro oficial de la Fuerza Aérea:

* Finalidad del contenido: Es más probable que el contenido de las redes sociales creado o utilizado con fines oficiales, como asuntos públicos o contratación, se considere un registro oficial. El contenido creado para uso personal o que no está relacionado con asuntos oficiales de la Fuerza Aérea generalmente no se considera un registro oficial.

* Relevancia del contenido: Es más probable que el contenido de las redes sociales que sea relevante para la misión, la historia o las operaciones de la Fuerza Aérea se considere un registro oficial. El contenido que no es relevante para la misión de la Fuerza Aérea o que no está relacionado con las actividades de la Fuerza Aérea generalmente no se considera un registro oficial.

* Valor de disposición del contenido: Es más probable que el contenido de las redes sociales que tiene valor permanente o histórico se considere un registro oficial. El contenido que es temporal o que no tiene valor a largo plazo generalmente no se considera un registro oficial.

Si tiene preguntas sobre si un contenido particular de las redes sociales debe capturarse y administrarse como un registro oficial de la Fuerza Aérea, debe consultar con la Oficina de Administración de Registros de su comando.